El Tribunal Constitucional ha avalado por unanimidad la resolución judicial que ante el desacuerdo entre ambos progenitores, dieron la razón a una madre que se negó a que su ex marido adoctrinara a su hijo menor en la fe evangélica, al menos hasta que tuviera 12 años, al considerar que debe prevalecer la «necesidad» de proteger la «capacidad potencial» del niño de «autodeterminarse en relación con el hecho religioso una vez alcance la madurez suficiente».
La sentencia subraya que ante un desacuerdo parental sobre esta materia, debe siempre primar el interés del menor y la garantía de su libertad religiosa