Ronda Sant Pere, 39, 2º,3º 08010 – Barcelona

LA PENSION COMPENSATORIA SOLO PUEDE ACORDARSE A INSTANCIA DE PARTE

En el acto del juicio de forma errónea y con una trascendencia económica importante para el cliente, se concretó que se pedía una pensión de alimentos cuando debería haber solicitado compensatoria

DocSENTENCIA AUDIENCIA BARCELONA

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